02 de noviembre de 2023

El Gobierno de Navarra aprueba la relación de 98 municipios afectados por las lluvias de los últimos seis meses que podrán acogerse a exenciones fiscales

Las personas físicas y jurídicas de estos municipios podrán acogerse a esta ayuda, según un acuerdo del Ejecutivo Foral

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El Gobierno de Navarra ha incluido 98 localidades en la relación de municipios afectados por las lluvias extraordinarias registradas entre mayo y septiembre de este año. De esta manera, las personas físicas y jurídicas que resultaron damnificadas en estas localidades pueden acogerse a las exenciones tributarias previstas por el Ejecutivo Foral en estas situaciones. También se han aprobado compensaciones para los municipios que hayan aplicado dichas exenciones.

Así se recoge en un acuerdo adoptado por el Ejecutivo navarro en su sesión de este martes, que ratifica la Orden Foral 73/2023, de 27 de octubre, del Consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite. Las ayudas son complementarias y subsidiarias, por este orden, de las que puedan establecerse por compensaciones de las pólizas de los seguros suscritos o las previstas en el ámbito estatal o de la Unión Europea.

Esta Orden Foral también dará soporte jurídico a las convocatorias de ayudas económicas destinadas a paliar los daños por tormentas que activará el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente para infraestructuras agrarias.

Entre el 14 de mayo y el 1 de septiembre se han podido contabilizar en Navarra al menos 18 episodios con afecciones de diversa consideración, la mayor parte por lluvias intensas de corta duración. El episodio más intenso fue la DANA registrada entre el 1 y 2 de septiembre, con una duración de más de 24 horas en algunos casos, que generó inundaciones pluviales y daños en caminos y cultivos. Desataca también el episodio de granizo registrado el pasado 10 de septiembre. La relación de localidades damnificadas se basa en informes realizados por los servicios de Protección Civil, Infraestructuras Locales e Infraestructuras Agrarias.

En concreto, los municipios incluidos entre los afectados por las lluvias son: Aberin,, Allo, Améscoa Baja, Ansoáin, Aoiz, Aranguren, Arano, Arellano, Armañanzas, Arróniz, Artazu, Auritz/Burguete, Ayegui, Barañáin, Barbarin, Bargota, Belascoáin, Bera, Berriozar, Biudarreta, Burlada, Cabredo, Caparroso, Carcastillo, Cáseda, Cendea de Olza,Cintruénigo, Cirauqui, Ciriza, Cizur, Corella, Desojo, Dicastillo, El Busto, Erro, Estella-Lizarra, Etayo, Etxalar, Etxauri, Ezcabarte, Fitero, Galar , Gallipienzo, Garaioa, Goizueta, Guesálaz, Guirguillano, lgúzquiza, Javier, Lazagurría, Legarda, Lerga, Lesaka, Liédena, Lánguida, Los Arcos, Lumbier, Luquin, Mañeru, Mélida, Mendavia, Mendaza, Mirafuentes, Morentin, Mues, Murieta, Murillo El Cuende, Murillo el Fruto, Nazar, Noáin (Valle de Elorz, Obanos, Olejua, Oroz-Betelu, Oteiza, Pamplona, Piedramillera, Puente La Reina, Romanzado, Sada, Salinas de Oro, San Martín de Unx, Sangüesa, Sansol, Santacara, Sorlada, Torres del Río, Ujué, Urraúl Bajo, Uterga, Valle de Yerri, Villamayor de Monjardín, Villatuerta, Villava, Yesa, Zabalza, Zizur Mayor y Zugarramurdi.

Exenciones del pago de la contribución territorial, IAE e Impuesto de Construcciones
Según el acuerdo alcanzado, las personas físicas y jurídicas titulares de bienes inmuebles ubicados en las localidades recogidas en esta relación de municipios quedarán exentas del pago de la contribución territorial correspondiente al ejercicio de 2023, pudiendo solicitar su devolución en caso de haberla pagado. Igualmente, se exime del pago del Impuesto de Actividades Económicas a las personas afectadas que abonen este impuesto.

Podrá también ser objeto de exención del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras las actividades ubicadas en la relación de municipios afectados, en el porcentaje que la catástrofe haya afectado a la instalación, construcción y obra objeto del impuesto. Las actividades exentas incluirán la reposición o reconstrucción de lo dañado, pudiendo solicitar la devolución de las cantidades satisfechas por tal concepto.

El Gobierno de Navarra prevé compensar también los ingresos tributarios dejados de percibir por las entidades locales en virtud de la aplicación de las exenciones y devoluciones adelantadas por ellas. Las personas físicas o jurídicas que deseen acogerse a las exenciones tributaras deberán formular una solicitud ante el Ayuntamiento correspondiente en el plazo de dos meses, una vez que se publique la Orden Foral ratificada esta semana en sesión de gobierno en el Boletín Oficial de Navarra (BON). Deberán incluir en su petición un informe técnico cualificado que cuantifique el daño y una tasación pericial, entre otra documentación. Por su parte, los municipios que prevean aplicar los beneficios fiscales deberán presentar una solicitud de compensación en la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

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