Tarifas derechos de autor. Tarifa plana
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La FEMP y la SGAE acuerdan una “tarifa plana” para las entidades locales de menos de 3.000 habitantes
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Sociedad General de Autores y Editores (SAGE), han acordado la creación de una “tarifa simplificada” para el pago de los derechos de autor por parte de las entidades locales de menos de 3.000 habitantes, en el marco de la actualización de precios. Se trata de una tarifa plana que se paga en uno o varios plazos al año y cuya cuantía varía en función de la población de la entidad, con independencia del número de espectáculos organizados. La nueva tarifa incluye la mayor parte de los actos que habitualmente organizan los municipios o concejos y que generan derechos de autor de carácter gratuito o con precios reducidos o subvencionados.
Para acceder a esta fórmula de satisfacción de los derechos de autor es preciso ejercer expresamente la opción, incluso en el caso de que la entidad ya estuviese adherida al Convenio FEMP-SGAE de 1996 y todavía en vigor.
En el caso de que la entidad local opte por la aplicación de la modalidad de tarifa simplificada ya desde este año 2015, deberán remitir la comunicación antes del 31 de octubre, pudiendo enviar posteriormente el documento formal de adhesión, en el plazo de los 30 días siguientes.
Para acogerse a la tarifa simplificada, es preciso que la entidad local cree cada año una partida presupuestaria a tal efecto. En función de lo elegido cada año, la entidad local puede variar, si así lo desea, la modalidad de pago, dentro de las tres que se ofrecen.
TARIFAS APLICABLES A CORPORACIONES LOCALES Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS