Cumplimiento en Ayuntamientos de penas mediante trabajos en beneficio de la Comunidad
OTROS
El Ministerio del Interior se encarga desde ahora del pago y el alta y la baja en la Seguridad Social de los trabajos en beneficio de la comunidad
El Ministerio del Interior se encargará desde ahora de las obligaciones de alta y baja en la Seguridad Social de los penados a trabajos en beneficio de la comunidad, y del pago de las obligaciones que se generan. A tal efecto, el Gobierno central ha aprobado un real decreto que ha sido publicado en el BOE número 16 de 2009.
Hasta ahora, eran las entidades (en muchos casos ayuntamientos) en las que se cumplían las penas, las que tenían que realizar la tramitación ante la Seguridad Social y pagaban la cuota relativa a accidentes de trabajo.
El pasado año, con motivo del cambio de legislación penal, y en especial por la criminalización de la conducción bajo los efectos del alcohol, se multiplicó el número de penas a trabajos en beneficio de la comunidad, razón por la cual, los Servicios Sociales Penitenciarios pidieron a los ayuntamientos que crearan o aumentaran el número de plazas.
En este sentido, dichos Servicios y la propia FNMC realizaron una campaña de difusión sobre esta especialidad de pena, y de fomento para la creación de plazas. Los resultados de la misma fueron el aumento del número de ayuntamientos con este servicio de 13 a 43, y el de plazas, de 43 a 184.
No obstante, se consideraba que las gestiones necesarias ante la Seguridad Social y la obligación de pagar pequeñas cantidades a ésta podían suponer un freno para la creación de plazas. Ahora, el Gobierno central ha removido este obstáculo mediante la atribución al Ministerio del Interior de estas exigencias.
Tras la tipificación como delito de la conducción de vehículos con determinadas tasas de alcohol en sangre, las penas impuestas de trabajo en beneficio de la comunidad (TBC) se han multiplicado por cinco. Las plazas existentes hasta ahora para realizar el cumplimiento de dichas penas son en este momento claramente insuficientes.
Los ayuntamientos son la institución que más plazas puede crear en este ámbito y una institución idónea para dicha figura. 13 ayuntamientos navarros ya han creado diferente número de plazas en los años pasados, amparados en el convenio marco firmado en su momento por el Ministerio de Justicia y la Federación Española de Municipios y Provincias.
Ahora, se invita a todos los ayuntamientos a adherirse a dicho convenio y crear alguna plaza, para atender las posibles necesidades de sus vecinos.
Los siguientes documentos aportan información sobre el particular.
– Documento explicativo de la situación acutal, remitido por el Mº de Interior a las Entidades Locales
– Documento explicativo de la situación acutal, remitido por el Mº de Interior a las Entidades Locales
– Procedimiento de Adhesión, Protocolo y características complementarias.
– Real Decreto 1849/2009, de 4 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, que establece las circunstancias de ejecución de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad y de localización permanente, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.
Cualquier duda puede ser atendida por el responsable del Servicio de Gestión de penas y medidas alternativos perteneciente al Centro de Inserción Social de Pamplona , Amador Ruiz, en el teléfono 948 786703
Dirección electrónica: sgpma.pamplona@dgip.mir.es
Dirección postal: C/Colina de Sta. Lucía s/n 31012 Pamplona