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FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL 2010

Plan E. 2010 - Economía SostenibleResolución de 20 de enero de 2010, por la que se publica el modelo y las condiciones técnicas del cartel anunciador que debe instalarse en las obras financiadas con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.


Circular remitida por la Delegación del Gobierno en Navarra a las entidades locales en relación con la tramitación de solicitudes para el Fondo Estatal 2010. (19 Enero 2010)

:: Asignaciones que puede recibir cada municipio

- Criterios para disponer de recursos librados y requisitos de justificación de proyectos

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, que crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, aprobado por el Consejo de Ministros.

 

El Consejo de Ministros aprobó, el pasado 23 de octubre el Real Decreto-Ley por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. El nuevo Fondo, dotado con 5.000 millones de euros, financiará inversiones de ejecución inmediata por parte de las corporaciones locales, prioritariamente proyectos de desarrollo sostenible en sus vertientes medioambiental y de apoyo a la innovación económica y social.

No obstante, las entidades locales podrán destinar hasta un 20% de la subvención que reciban a financiar gastos corrientes derivados de la prestación de los servicios sociales de competencia municipal, principalmente en educación y atención a las personas en situación de dependencia.

Una vez en vigor el Real Decreto-Ley, las corporaciones locales tendrán tres meses para presentar los proyectos, que, al igual que con el vigente Fondo Estatal de Inversión Local (FEIL), deberán ser de nueva planificación. De este modo, las obras podrán comenzar a ejecutarse a partir del 1 de enero de 2010. El criterio de distribución del Fondo entre los distintos entes locales será nuevamente el de la población.


TIPOS DE PROYECTOS

Los proyectos que se podrán financiar con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local se englobarán en las siguientes líneas:

- Sostenibilidad económica: parques empresariales, científicos y tecnológicos; infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico; despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación, etc.

- Sostenibilidad ambiental: ahorro y eficiencia energética y de recursos hídricos; accesibilidad y uso de energías renovables; movilidad urbana sostenible; refuerzo de medios de transporte menos contaminantes.

- Sostenibilidad social: centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos; gasto corriente destinado a servicios sociales, principalmente educación y atención a personas en situación de dependencia.

No obstante, los municipios con una población inferior a los 2.000 habitantes gozarán de un mayor margen a la hora de determinar la tipología de proyectos, para facilitar el completo desarrollo del Fondo en las localidades más pequeñas.

NOVEDADES DEL NUEVO FONDO

El nuevo Fondo incorpora distintas mejoras con respecto al plan vigente. Así, en relación con el empleo, se mantiene la exigencia de que los nuevos contratos se realicen a trabajadores inscritos como demandantes de empleo, con la novedad de que se dará prioridad a los parados de larga duración (más de 12 meses registrados).

Las actuaciones, que podrán ser presentadas tanto por los ayuntamientos como por agrupaciones o mancomunidades de municipios, no podrán superar los 5 millones de euros. No podrán financiarse obras que hayan recibido ayudas de otras administraciones, salvo aquéllas que sean una segunda fase de proyectos apoyados por el Fondo vigente.

El Real Decreto-Ley aprobado hoy incluye también entre sus novedades la posibilidad de destinar hasta un 20% de los recursos al equipamiento de los edificios o instalaciones financiados con cargo al Fondo, que también cubrirá los contratos de redacción del proyecto y de dirección de las obras. De igual modo, se establece la posibilidad de adquisición de equipos y sistemas de información y telecomunicaciones, así como los programas necesarios para su funcionamiento. Además, un 0,2% del total del fondo se podrá destinar a gastos de gestión. También se ha establecido la reutilización de los carteles anunciadores de las obras del FEIL.

PROCEDIMIENTO

En cuanto a los mecanismos de gestión, se incrementa el importe de los anticipos que se transfieren a los ayuntamientos una vez aprobados los proyectos, que alcanzarán el 85% de su coste total, en lugar del 70% que establece el FEIL. El 15% restante se abonará una vez finalizadas las obras. Como con el Fondo actual, todos los trámites podrán realizarse por vía íntegramente telemática a través de internet.

Para el seguimiento de la ejecución de los proyectos, se crearán comisiones informativas en cada comunidad autónoma, con representantes del Gobierno, las organizaciones sindicales y empresariales y las corporaciones locales. Estos organismos podrán también constituirse en el ámbito provincial. ´

 


 

Guía de la FEMP sobre el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local     GUÍA DE USO PUBLICADA POR LA FEMP

 

Portada de la GuíaNueva Guía Proyectos y Ejemplos de Actuaciones Financiables

 

          Ejemplos de proyectos y obras elaborado por el CRANA

  

 Preguntas más frecuentes ( Información desde la Aplicación ARCADIA ).


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